VILLA MERCEDES
Lo condenaron a 12 años de prisión por matar a un hombre por la espalda cuando compraban droga
Fue declarado responsable del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en perjuicio de Lucas Pastrán.
Este jueves, Federico Emanuel Sosa fue condenado a la pena de 12 años de prisión y declarado penalmente responsable del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en calidad de autor por la muerte de Lucas Pastrán, ocurrida el 25 de diciembre de 2024.
A las 9:30 de la pasada Navidad, el acusado se encontró con la víctima en el ingreso de una vivienda para comprar marihuana. En ese momento se inició una discusión, Pastrán golpeó a Sosa y este extrajo un arma de fuego, le disparó a una distancia de entre 5 y 7 metros, impactando en la espalda. El ingreso de bala perforó el pulmón y el hígado.
Como atenuantes el Tribunal, integrado por Virna Eguinoa, Cintia Martin y Sebastian Cadelago Filippi, tuvo en cuenta la primariedad delictual y la confesión del hecho, como agravantes las circunstancias de modo y lugar.
En los alegatos de cierre, el fiscal de juicio Maximiliano Balza, expresó que el hecho y la autoría estaban acreditados, mencionó testimoniales, agregó que el informe médico forense concluyó que la causa de muerte había sido la herida de bala, y que también se encontró residuo de pólvora.
Hizo referencia a la importancia probatoria de la reconstrucción del hecho que dio cuenta de la distancia entre víctima y victimario, y la visión de los testigos.
Además, sostuvo que no existe duda de que Sosa fue el responsable de causar la muerte.
En relación al agravante de alevosía, dijo que no hay elementos que los sustente. Solicitó que se lo condene a la pena de 13 años de prisión.
Como atenuantes, Bazla tuvo en cuenta la inexistencia de antecedentes condenatorios y de otros hechos de violencia. Como agravantes, la modalidad utilizada, la distancia del disparo.
La defensa, representada por Pascual Celdrán, dijo que en virtud de la confesión de su defendido en donde asumió su participación, expondría en relación a la cuantificación de la pena, para ello se refirió a las circunstancias del hecho y a las condiciones personales. Destacó la entereza de Sosa a la hora de confesar su responsabilidad.
Hizo referencia a las condiciones de vulnerabilidad del acusado. Mencionó pobreza, carencias, imposibilidad de acceso a la educación y al trabajo, todas circunstancias que habrían derivado en este hecho grave.
Asimismo, mencionó que mantenía un cansancio y temor por las conductas de la víctima y la situación de peligro en la que estuvo expuesto el día del hecho. Agregó que la intencionalidad no se debe tener en cuenta.
Teniendo en cuenta el desarrollo del debate, las circunstancias, las condiciones personales se debería evaluar la pena, solicitó el mínimo legal establecido para este tipo de delito.