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Rechazaron un abreviado por la muerte de Pablo Ayala y Felipe Iglesias irá a juicio oral

El hombre de 67 años atropelló al motociclista en diciembre de 2023.

Iglesias y su defensor, Santiago Calderón Salomón en la primera audiencia.
Actualizada: 10/06/2025 13:49
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En una decisión unánime, el Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis rechazó el acuerdo de juicio abreviado propuesto por la Fiscalía y la defensa de Felipe Iglesias, acusado por la muerte de Pablo Ayala y las lesiones sufridas por Florencia Arrieta.

El hecho ocurrió en la ciudad de San Luis, cuando Iglesias, de 67 años, embistió con su vehículo a Ayala, quien falleció producto del impacto, y a Arrieta, quien sufrió heridas graves. Tras el accidente, Iglesias se fue del lugar.

El 27 de mayo, el fiscal de Juicio, Fernando Rodríguez propuso finalizar el proceso mediante un juicio abreviado. Cambió la calificación del hecho, que había sido elevado como homicidio simple con dolo eventual agravado, a homicidio culposo agravado en concurso ideal con lesiones leves. Y propuso una pena de tres años en suspenso para Iglesias y cinco de inhabilitación para conducir.

El imputado y la defensa, a cargo de Santiago Calderón Salomón estuvieron de acuerdo. Sin embargo, la familia de Ayala se opuso al abreviado. En la misma línea se pronunciaron los abogados querellantes, en representación de la víctima y de Arrieta.

Este lunes, el Tribunal integrado por Ariel Parrillis, Adriana Lucero Alfonso y José Luis Flores rechazaron la propuesta de juicio abreviado. En el fallo, tuvieron en cuenta que la causa había sido elevada con la acusación de la querella, sin que fuera apelada por ninguna de las partes. En consecuencia, los magistrados entendieron que aceptar el juicio abreviado propuesto implicaría desconocer la etapa intermedia del proceso penal y los derechos de las víctimas.

Adriana Lucero Alfonso, Ariel Parrillis y José Luis Flores.

Sostuvieron que el acuerdo “no solo desconoce las pretensiones punitivas sino que además modifica las calificaciones que fueran oportunamente sustancias en la etapa ulterior, convirtiendo todo ello una mera ficción procesal”.

Sumaron a eso que la propuesta de la Fiscalía y la defensa “desoye en su totalidad las pretensiones de las víctimas, como así también desoye de atender y resolver el conflicto primario en autos”.

En consonancia, advirtieron que “el acuerdo deviene irrazonable en la forma que fuera reseñada” y por eso fue rechazado.

Finalmente, el Tribunal devolvió la causa a la Fiscalía para su continuación por el trámite ordinario, con juicio oral, tal como había sido previsto originalmente.

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