Entre chicanas, elevaron a juicio la causa por el abuso y femicidio de Zoe Pérez
En la audiencia de control de acusación se presentó uno de los acusados, Leandro Oses, y apuntó al abogado de la querella de haber sido su representante primero y a quién le habría contado todo lo que sucedió la noche del asesinato de la adolescente.
Por Astrid Moreno García Dione
En una audiencia de control de acusación extensa, con dos cuartos intermedios y chicanas de parte de la defensa, finalmente se elevó a juicio el caso por el abuso y femicidio de Zoe Pérez en La Toma. De los dos imputados por el asesinato de la adolescente en febrero del 2024, sólo estuvo presente Leandro Oses quien hizo uso de la palabra para apuntar a Esteban Bustos, abogado de la querella, como letrado al que recurrió para contarle lo ocurrido la noche del asesinato.
Tras cuatro horas de exponer pruebas, testimonios y presentar las acusación de parte de la fiscalía; la jueza de Garantías N°4 Luciana Banó dispuso, con el ruido de fondo de los bombos de la movilización que pedía "Justicia x Zoe" en el ingreso al Poder Judicial, la apertura a juicio de la causa. Así como la elevación a debate oral para que sea remitida al colegio de jueces. Y estableció que la calificación legal del hecho, provisoriamente, sería un tribunal colegiado. No obstante el código de procedimiento da la posibilidad a las defensas a ejercer la opción, dentro de los próximos tres días, de elegir ser juzgados por un tribunal unipersonal.
La fiscal de Instrucción Penal N°1 en Género, Diversidad y Adultos Mayores, María del Valle Durán, estuvo acompañada por la fiscal Adjunta Antonella Romagnoli y secundada por la querella, a cargo de Bustos, a su vez respaldado por el hermano de Zoe Pérez. Nahuel Morán se sentó justo detrás del abogado desde donde observaba todo. Fue el único cercano a la adolescente en el recinto a pesar de los intentos de las amigas de la víctima de ingresar a la reducida sala oral N°2.
En la contraparte, estaba Oses y su abogado, un reticente Guillermo Levingston que hizo comparaciones fantásticas con filmes como “Entrevista con el Vampiro”, una alegoría a la seriedad de los testimonios presentados por la fiscalía. Lo acompañaba la nueva defensa del otro imputado, Ricardo “El Gringo” Rodríguez, Osvaldo Fernández y Guillermo Sánchez, causantes de la dilatación de una semana en la audiencia.
En su acusación, Durán expuso durante 45 minutos y con lujo de detalles, horarios, testigos y pruebas de los sucesos que comprenden la noche y mañana del 19 y 20 de febrero de 2024 hasta que, finalmente, la propia fiscal vio el cuerpo sin vida de la joven de 17 años en el departamento de “El Gringo” en el barrio Barracas.
Entre los detalles de las agresiones físicas y sexuales que recibió Zoe, que iban desde lesiones pulmonares a un desagarro anal. Llamó la atención un detalle, que no se encontraron restos genéticos en la mano izquierda de la joven, a pesar de que en fotos se ven moretones y sangre en ella, lo que adjudicó a una falla en la toma de la muestra o su mantenimiento por parte de la policía científica.
También destacó unas marcas que tenía Oses en sus manos al momento de su detención, coincidentes con la presión ejercida por el cordón que habría utilizado para ahorcar a Zoe.
"Durante la investigación ha quedado ampliamente acreditado con el grado de probabilidad suficiente que esta etapa nos exige, que Leandro Joel Oses y Ricardo Adrián Rodríguez abusaron sexualmente de su amiga, la adolescente Zoe Abigail Pérez. Agresión de la que resultó su muerte", concluyó.
La calificación legal que le atribuyó a los imputados es la de coautores del delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte en perjuicio de la adolescente.
Durán remarcó que en ambos acusados el atenuante es que no tiene antecedentes condenatorios. Mientras que los agravantes incluyen extensión del daño causado, en un contexto de superioridad física y numérica, en una estructura de desigualdad y violencia de género. Por la condición de la víctima, triplemente vulnerable por ser mujer, menor y por haber ingerido alcohol; el aprovechamiento de la confianza y la amistad que tenía con los imputados. Luego, la conducta posterior al asesinato de la víctima, engañar a amigos y familiares cuando fueron a buscarla o cuando los intentaron contactar por teléfono.
En el caso de de Oses se hizo la diferenciación de que ya fue imputado en una causa en Villa Mercedes por averiguación de Robo en grado de tentativa. En ese momento, la defensa pidió hablar y el acusado se expresó por primera y única vez:
"Simplemente quería dejar en claro en esta audiencia que el señor Esteban Bustos es abogado mío de la causa que yo tengo en Villa Mercedes. El día que pasó el hecho fue a verme esa tarde y yo le conté absolutamente todo lo que pasó y lo único que me llegó a responder fue ‘vos quedate tranquilo, yo me comunico con tu papá’. Se retiró y no lo volví a ver hasta el día de la audiencia cuando se presentó como querellante", contó Oses. Y cerró: “Eso nada más. Gracias”.
Acto seguido, Levingston acusó, con un pendrive con chats y audios de voz en mano, a Bustos de actuar de forma infiel y a la fiscal de prevaricato por incumplir y violar los deberes de funcionario público. Pidió a la jueza que se declare la invalidez de los actos, de la causa y la inmediata libertad de Oses y está preguntó
A estas acusaciones, Bustos las calificó de “manotazos de ahogado para dilatar el proceso” y, adhirió a Duran en el "no a lugar". Además, la fiscal aclaró que antes de la detención del imputado Oses este ya había presentado como su abogado a Miguel Angel Orozco, una de las tantas inconsistencias que remarcó en el relato del imputado.
Tras pasar a un cuarto intermedio, de media hora, la jueza determinó que no hay actuación de Bustos que represente intereses contrapuestos en el juicio. Aunque sí determinó, en virtud de los principios de inocencia, excluir el agravante de haber sido imputado en otras causas en trámite.
La audiencia continuó con la presentación de los testimonios, que fueron 89 los postulados por la fiscalía y, aunque la defensa quiso dejar afuera a 18 de ellos. La jueza no dio lugar a esta petición ya que brindan contexto de la conductas de los imputados, el vínculo con la víctima y las comunicaciones posteriores al asesinato.
La querella también sumó a un testigo, Facundo David Bravo, por aportar amplio conocimiento sobre el comportamiento de los imputados y su presencia en reuniones con adolescentes de la zona, incluida Zoe. Por su parte, Levingston adhirió a dos testigos concepto: Ramón Martínez y Mafalda Mercedes Garro y a la médica Vanina Elizonde.
Por último enumeraron las más de 100 pruebas documentales que incluyen: actas de declaraciones y entrevistas, celulares, prendas de vestir, elementos pilosos, material fotográfico y videos, protocolos e informes médicos, chats y conexiones de WiFi que sitúan a los imputados en horas y lugares específicos, entre otras.
Aunque la defensa quiso dejar afuera las prendas de vestir que dieron resultado positivo de semen y sangre, por no identificar a quién pertenecen, y de dos hisopados, anal y vaginal; Banó no hizo lugar.