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El Gobierno propuso reformar la Ley de Amparo

El proyecto del Ejecutivo determina que no se podrá elegir libremente el juez para realizar una presentación.

foto ansl
Gobernador, Claudio Poggi y secretaria Legal y Técnica, Natalia Carranza.
Actualizada: 25/11/2025 17:25
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El gobernador, Claudio Poggi envió hoy a la Legislatura un proyecto para dar mayor transparencia y agilidad al trámite judicial.

De acuerdo a la propuesta, será competente el juez de primera instancia del lugar donde el acto u omisión produce efecto, con competencia civil, comercial, ambiental o laboral, según la materia, y sin posibilidad de elegir libremente el juez (evita “forum shopping” y refuerza el juez natural).

El proyecto oficial estipula que si el amparo es contra el Estado provincial, interviene un juez de primera instancia de la Primera Circunscripción por turno o sorteo.

En adelante se ampliará de 3 a 5 días hábiles el plazo para que la parte demandada presente el informe del artículo siete, equiparándolo a una contestación de demanda y mejorando el ejercicio del derecho de defensa, sin afectar de modo relevante la celeridad propia del amparo.

Puntos salientes

Será competente el juez de primera instancia del lugar donde el acto u omisión tenga o pueda tener efecto, con competencia según la materia sobre la que verse la cuestión, asignándose el juzgado que por turno o sorteo corresponda.

Cuando la acción de Amparo se interpusiere en contra de una resolución, acto y/u omisión del Estado provincial y/o sus organismos centralizados o descentralizados, el mismo deberá ser interpuesto por ante el juez de primera Instancia asignándose el juzgado que por turno o sorteo corresponda.

El Juez requerirá de la persona, entidad o autoridad contra quién se dirige o de quién la represente o haga sus veces, que en el término de cinco días hábiles, informe sobre los hechos y razones que fundamentan su actitud y sobre la exactitud de los hechos que motivan la reclamación, y para que constituya domicilio legal y ofrezca pruebas.

El texto

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