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El Concejo Deliberante aprobó una nueva convocatoria para el registro de emprendedores de la ciudad

Establece exenciones progresivas de tributos a negocios que cumplan con ciertos requisitos.

Foto Lautaro Sánchez
El Concejo Deliberante aprobó una nueva convocatoria para el registro de emprendedores de la ciudad.
Actualizada: 01/12/2025 00:04
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El Concejo Deliberante de la ciudad de San Luis aprobó una nueva convocatoria para el registro a emprendedores, con exenciones progresivas de tributos. La iniciativa tiene el fin de incentivar la regularización de los pequeños comercios de la capital.

La norma fue aprobada por ocho votos del bloque Por San Luis, mientras que los siete concejales del bloque del PJ se abstuvieron. La sanción ocurrió a pocos días del lanzamiento del plan integral de reordenamiento comercial del centro y de reubicación de los manteros, ordenado por el intendente Gastón Hissa, tras reuniones con el sector.

Micaela Medina (Por San Luis), presidenta de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, señaló que “este proyecto busca incentivar y regularizar la situación de los emprendedores bajo el régimen municipal, ya que existen emprendimientos cuya actividad no está regularizada”. El registro fue creado por una ordenanza en 2024, donde establecieron las condiciones a cumplir y el alcance de los beneficios y en esta norma actualizaron las fechas para la adhesión de los comerciantes.

Mario Silvestri (Por San Luis) argumentó: “Por un lado da la oportunidad de regularizar la situación a algunos emprendedores que desarrollan su actividad en la ilegalidad y tienen miedo de ser multados. Para los ciudadanos, podrán hacerse los controles debidos y adquirir productos controlados. Por último, el municipio asegura que en un periodo de dos años, el emprendedor empiece a pagar el 100% como todos los hacemos”.

Condiciones y beneficios

La exención progresiva es por dos años de tasas comerciales de acuerdo al siguiente esquema:

-Del mes 1 al 6 inclusive: exención total

-Del mes 7 al 12 inclusive: bonificación del 75%

-Del mes 13 al 18 inclusive: bonificación del 50%

-Del mes 19 al 24 inclusive: bonificación del 25%

Esto incluye tasas como canon mensual, libre deuda, libreta sanitaria y cartelería. Además durante los dos años estarán exentos del pago de habilitación inicial y renovaciones.

Para lograr y mantener estos beneficios, el inscripto deberá cumplir con estos requisitos:

a) Que esté inscripto en ARCA

b) Que integre la categoría de pequeño contribuyente según la ordenanza tarifaria vigente

c) Que no esté inscripto en la Municipalidad al momento de promulgada la ordenanza

d) Que los ingresos brutos de la actividad que emprendan no superen los montos fijados para la categoría C de monotributo

e) Que el emprendedor tenga como máximo una persona a cargo

En el caso que el beneficiario dentro de los 2 años mejore su situación y cambie su inscripción en ARCA a un contribuyente con más ingresos mantendrá su situación de beneficiario solo si incorpora más empleados.

Otra condición excluyente es que el emprendedor debe capacitarse en temas relacionados al emprendedurismo, actividad comercial, de servicios y oportunidades de desarrollo.

Para sumarse al beneficio, los interesados podrán adherirse desde el 1° de diciembre hasta el 31 de marzo de 2026, con la posibilidad de que el Ejecutivo municipal pueda realizar una extensión por otros 30 días.

La norma también exige que el beneficio se promocione a través del Ejecutivo y el Concejo, y medios de difusión en general para la adhesión de emprendedores, en un plazo de 60 días corridos desde la sanción de la ordenanza.

Esto incluye acciones en espacios públicos tales como ferias, plazas, mercados, parques, entre otros. Asimismo, se deberá informar detalladamente sobre su aplicación, objetivos, beneficios y las consecuencias derivadas de la informalidad en caso de incumplimiento de las ordenanzas vigentes de comercio.

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