VILLA MERCEDES
El abogado Correa Otazú pidió prisión domiciliaria por razones de salud mental y la Justicia Federal se la negó
Se encuentra cumpliendo una medida coercitiva preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial desde septiembre del año pasado. Está imputado por comercialización de estupefacientes.
El juez Federal Juan Carlos Nacul, a cargo del Juzgado Federal de Villa Mercedes, resolvió no hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria presentado por el abogado Emmanuel Correa Otazú, quien se encuentra con prisión preventiva en una causa por presunto comercio de estupefacientes agravado.
El acusado solicitó cumplir el arresto en una vivienda ubicada en calle Fuerte Constitucional.
Ante “la imposibilidad de comunicarse con su defensor técnico”, hizo el planteo por derecho propio, ya que cuenta con matrícula federal. Lo fundamentó en un informe emitido por el médico psiquiatra particular, Juan José Masramón, que le diagnosticó “problemas de salud mental”.
Según lo presentado por Correa Otazú, el profesional de la salud recomendó un “abordaje terapéutico específico, continuo y supervisado” que según su criterio “no resultaría probable de cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial”.
En la solicitud, el imputado también señaló que realizó gestiones para iniciar un tratamiento indicado por su médico particular, y que fue admitido en la clínica especializada “Las Vertientes”, para realizar un abordaje “compatible con el régimen de prisión domiciliaria”.
Para concluir el pedido, manifestó su voluntad de someterse a las reglas de conducta, controles y dispositivos de supervisión que se consideren pertinentes, “así como a cumplir estrictamente con el tratamiento indicado por los profesionales intervinientes”.
Por su parte, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se notifique a la defensa del acusado, Orlando Mariani, para que ratifique o rectifique lo propuesto por su representado. El letrado reafirmó el pedido mediante un escrito.
El 9 de febrero se incorporó al expediente un informe psiquiátrico expedido por la División Sanidad Central del Servicio Penitenciario, suscripto por la psiquiatra María Luciana Ojeda, quien manifestó que Otazú se encuentra “vigil, lúcido, orientado en tiempo y espacio, con ritmo biológico conservado”. Añadió que actualmente no está bajo la medicación indicada porque “decidió suspenderla de manera voluntaria”.
En la entrevista con la médica, el imputado manifestó su deseo de continuar el tratamiento en Las Vertientes, y se le indicó como diagnóstico “trastornos mentales y del comportamiento debido al consumo de múltiples drogas y al consumo de otras sustancias psicoactivas”.
A Correa Otazú le formularon cargos junto a otras dos personas en septiembre del año pasado. Luego de ser indagado, fue enviado a prisión preventiva por “comercio de estupefacientes, agravado por haber intervenido en los hechos tres o más personas para cometerlos”, tras una serie de allanamientos que se realizaron en las viviendas de los sospechosos, donde se encontró cocaína y dinero en efectivo de diferentes nacionalidades.
Nacul resolvió no hacer lugar a la solicitud de prisión domiciliaria, por lo que el abogado continuará con prisión preventiva en el centro penitenciario. Se basó en los riesgos procesales que se tuvieron en cuenta a la hora de dictar la prisión preventiva.
“Es posible suponer que los imputados no se someterán al procedimiento y podrán darse a la fuga, atento a las circunstancias y naturaleza de los hechos incriminados y la pena que se espera como resultado del proceso”, alegó.
Agregó que se deben verificar la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, denominado “riesgo procesal”.
Consideró que el proceso se encuentra en una etapa inicial y que existen medidas de prueba pendientes, entre ellas, pericias sobre estupefacientes y celulares, además de declaraciones testimoniales: “El riesgo de entorpecimiento de la investigación se considera alto en este momento”.
Tuvo en cuenta el informe expedido por el servicio de salud de la cárcel, donde se informa sobre el estado psíquico del acusado, y determinó que “puede ser tratado, medicado y debidamente controlado por parte del cuerpo médico especializado con asiento en el SPP”.
Para concluir, sostuvo que su cuadro no tendría una evolución más favorable fuera de prisión que la que puede recibir dentro del penal.