La Municipalidad de Villa Mercedes aclaró sobre alicuotas aplicables a grandes contribuyentes
Se dieron detalles a partir de información nacional difundida sobre un error en el cálculo sobre el porcentaje.
La Municipalidad de Villa Mercedes comunicó hoy que las tasas vigentes aplicables a grandes contribuyentes (industrias, supermercados y otras grandes actividades comerciales) son del 2,5% por mil, y no del 2,5% como han difundido medios nacionales recientemente. “Consideramos necesario aclarar un error que genera confusión en la comunidad”, publicó en redes sociales.
“El mismo error se replica en las demás tasas mencionadas para este segmento, donde se consignan valores ‘por ciento’ cuando en todos los casos corresponde ‘por mil’. Es decir, no se trata de un caso aislado sino de una interpretación incorrecta que altera que altera sustancialmente el análisis realizado sobre la carga tributaria aplicada a los grandes contribuyentes”, destaca el comunicado.
Para darle claridad supone un ejemplo: “Si la base imponible fuera de $1.000.000, una alícuota del 2,5 por mil implicaría un pago de $2.500. En cambio, si se aplicara erróneamente el 25% el monto ascendería a $25.000. La diferencia es de diez veces mayor, lo que demuestra el impacto del error en la información”.
Al mismo tiempo la Municipalidad recordó que las alícuotas vigentes están establecidas en la ordenanza tarifaria donde están expresadas “correctamente conforme a la normativa local”.
Comunicado de la Municipalidad.
Además solicitaron que la información sea ratificada “para evitar interpretaciones erróneas y garantizar que la ciudadanía cuente con datos precisos transparentes”. Detallaron que la publicación se hizo en el medio Infobae y en la página oficial del Gobierno nacional.
“Reafirmamos nuestro compromiso con la responsabilidad fiscal, la claridad en la información pública y el respeto por los contribuyentes”, cierra el comunicado, al que acompañaron también una página de la ordenanza para mostrar el artículo 54º donde se establece la alícuota general para este caso.
Ordenanza municipal vigente.