VILLA MERCEDES
“Darío Oviedo firmó de manera unipersonal ese contrato y autorizó la ejecución de esa cosecha”, el abogado de Ricardo Bazla
Bautista Rivadera sostuvo que no hay elementos que acrediten que Bazla estaba informado sobre la conducta de Oviedo. Aseguró que es inocente y que actuó en el marco de sus funciones administrativas.
El abogado Baustista Rivadera afirmó que Ricardo Bazla es inocente y que despidió a Darío Ovideo cuando tomó conocimiento de la “administración irregular” que hacía de la cosecha que es motivo de investigación en la causa judicial El Caburé.
La investigación por una cosecha de maíz en un campo que le pertenece al Estado tiene como imputados de manera provisoria a dos ex funcionarios del Gobierno provincial. Son irregularidades administrativas las que advirtió el Ministerio Público Fiscal, es decir, sostiene que se realizó una contratación fuera de las normas procedimentales. Está claro para la investigación adónde fue a parar el grano y también que el daño económico al Estado no está cuantificado. Lo último fue la formulación de cargos contra Bazla (ex secretario de Ética Pública y Control de Gestión) que ahora se debatirá frente a un Tribunal de Impugnación porque su defensor hizo cuestionamientos.
Rivadera planteó dos recursos de apelación para que se revisen distintas cuestiones “y se advierta que hubo errores procesales”. Por un lado que en la audiencia del 25 de marzo el ex funcionario debía defenderse por el delito de defraudación a la administración pública, pero el juez Alfredo Cuello le terminó enrostrando otras siete figuras penales (falsedad ideológica, utilización de un instrumento público agravado por la calidad del presunto autor, estafa procesal, incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad, peculado y hurto), distintas a las que pretendía imponer el fiscal Leandro Estrada, porque hizo lugar al pedido de los dos querellantes (que defienden a los dos empresas que tienen interés). Y por el otro la imposibilidad que tuvo su cliente de defenderse, desde el primer momento, ya que “no fue notificado” que podría ser imputado en la causa donde había tomado participación como querellante.
“Nuestra postura es en rechazo a toda la pretensión punitiva, la tesis que ha elaborado la Fiscalía junto con las querellas. Sostengo la inocencia de Bazla respecto a la administración de esa cosecha de maíz tan discutida”, comenzó diciendo el letrado en declaraciones a El Chorrillero. De ese modo quiso puntualizar sobre información falsa que ha girado alrededor de la causa desde que comenzó a ser investigada.
“Se ha hablado de que la cosecha nunca apareció, que no se sabe qué pasó, se hablaban de cifras exorbitantes, en dólares, y la realidad es que hay una persona, que es el cosechador, que ha sido entrevistado en el marco del expediente, y esto también lo ha mencionado el fiscal, y que dijo que fue contratado por una persona, que no es Bazla, para que lleve adelante el trabajo de cosecha sobre un fundo rural, que es denominado, erróneamente, como El Caburé”, sostuvo. Para ser más preciso, el campo en realidad se llama “La Gitana”.
Como también señaló Estrada, Francisco Anselmi fue quien declaró “cuál era la calidad de esa cosecha y el destino que tuvo”. En síntesis, al grano lo llevó a un feedlot y se lo terminaron comiendo los animales que tiene ahí para el engorde.
Según el titular del Ministerio Público Fiscal, Bazla tenía conocimiento de que “se estaba cosechando y también en qué términos”, por eso lo imputó por el mismo delito que a Oviedo, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. “Nosotros tenemos una posición distinta como defensa. Cuando Oviedo le informa que había tomado contacto con un contratista privado, le lleva un contrato de locación de servicios y Bazla no lo firma. Le requiere que previo a firmar cualquier contrato se debe cumplir con las formalidades que establecen las reglas administrativas”, manifestó.
Dijo también que “requirió la presencia de ese cosechador para conocerlo, analizar los términos contractuales, pero eso nunca se cumplió”. Insistió que Oviedo “directamente fue quien materialmente celebró de manera unipersonal ese contrato y autorizó la ejecución de esa cosecha”, también que cuando Bazla detecta las irregulares, “entre ellas la constitución de una SAS le pide la renuncia e inmediatamente cumple con lo que establece el código de procedimiento de la provincia de San Luis, que es denunciarlo penalmente porque es obligación de todo funcionario público cuando toma conocimiento de un supuesto ilícito tiene que llevar adelante la denuncia”.
“Lo acusan por una cuestión funcional y jerárquica. Es decir, si Oviedo era un subordinado de Bazla, es imposible que no haya tenido conocimiento de las actividades que estaba llevando adelante Oviedo. Esa es la postura de los fiscales”, añadió.
Tuvo en cuenta otro dato: su defendido “no recibió en lo absoluto algún beneficio económico producto de esa cosecha en absoluto”.
“El propio cosechador dijo que la calidad de ese maíz era mala, que la actividad de cosecha le generó pérdidas en vez de ganancias, porque ese maíz estaba en muy malas condiciones”, dijo y agregó que esa recolección “evitó un perjuicio, porque si no se llevaba adelante, el campo podía quedar obsoleto para la explotación, porque cuando una cosecha queda más tiempo de lo que debe generar perjuicios en lo que es la tierra, como la propagación de plagas”.
Rivadera tuvo en cuenta que con la única persona que trató Anselmi fue con Oviedo: “Jamás conoció a ningún otro funcionario, ni tampoco acudió a ninguna dependencia del Gobierno de la provincia. Tampoco conoció a mi defendido”.
Para Fiscalía se dio el delito de comisión por omisión: “Es el no hacer lo que tenía que hacer. Se le reprocha penalmente la omisión o conducta pasiva de no haber llevado adelante una fiscalización un poco más rígida, respecto al accionar de un funcionario que estaba subordinado a él. Estas son cuestiones administrativas que no necesariamente se deben volcar en un expediente penal”.
La posición de la defensa
Rivadera describió como “una situación que generó confusión” lo que terminó pasando en la audiencia de formulación de cargos: “Nosotros íbamos a defendernos por el delito de defraudación en perjuicio de administración pública, y de manera sorpresiva, pese a que lo advertí al inicio de la misma, las querellas (representadas por Pascual Celdrán y Alejandro Viano) ampliaron la formulación de cargos”.
“El juez de Garantía, en un criterio a mi entender erróneo, permitió que las querellas llevaran adelante distintas calificaciones a las que requirió el Ministerio Público Fiscal, y nos colocó inevitablemente sobre un estado de indefensión. Vamos a defendernos de un delito y nos terminan enrostrando siete delitos más. Imposible de contestar, inclusive, porque el fiscal planteó una cuestión fáctica de hechos distinta a la que plantearon después las dos querellas”, consideró
Rivadera señaló que Estrada “fue claro en cuanto al objeto de este proceso”, es decir, “lo que se está discutiendo no es de quién es el campo”, porque para el fiscal, de eso no hay duda: es del Estado y el maíz, al estar sembrado dentro del inmueble rural también le pertenece. La pretensión es esclarecer si una cosecha de maíz se hizo de manera irregular.
El abogado resaltó que las querellas introdujeron “cuestiones que no son objeto de este proceso”, por ejemplo, defienden que el maíz es de ellos, e introducen la vinculación contractual con El Caburé (que si bien en 2017 perdió la adjudicación que le habían otorgado por incumplimientos) de igual manera alquiló el campo para que Galia Norte y San Jorge Cereales sembraran maíz. Alegan un contrato vigente y legítimo (o sea, que sembraron de buena fe). Todas estas se entienden como cuestiones “que no son objeto de este proceso, y que se tramitan en otro expediente”. Hay, inclusive, voluntad por parte de estas firmas de reclamar el inmueble, aunque el fiscal ha fundamentado que le pertenece al Estado y que no se los entregará.
El Caburé tiene una denuncia de usurpación de ese campo. Mientras que Galia Norte y San Jorge Cereales también lo denunciaron por "desbaratamiento de derechos acordados".
“Este criterio del juez, esto que les permitió, generó un estado de confusión, porque no sabemos bien de qué tenemos que defendernos. La propia Fiscalía de Estado advirtió esta confusión al juez”, explicó. Por todo esto es que planteó que esta situación “sea advertida y revisada frente al Tribunal de Impugnaciones”.
Puntualizó además: “Mi función es estrictamente ejercer el rol de abogado defensor. No hago ni siquiera valoraciones políticas en esta causa, solo defiendo los intereses de mi cliente conforme a las evidencias, Y por lo que veo, no hay elementos de convicción para reprocharle tal responsabilidad penal. Actuó dentro de su funciones administrativas”.
El pedido de nulidad absoluta
Por otra parte, Rivadera, en el inicio de esa audiencia interpuso el recurso de nulidad absoluta de todo lo actuado. Se basó en la omisión de la Fiscalía de notificar a Bazla (que es investigado y podría convertirse en un potencial imputado) que está establecido en el artículo 38 del Código de Procedimiento. “En estos seis meses de investigación, al margen de haber intervenido en el expediente en calidad de patrocinante y querellante, nunca se lo contextualizó de manera real y cierta sobre el carácter que debía asumir, que era de imputado, y tener un abogado defensor y defenderse de manera adecuada o idónea”, dijo en el final.
Cuando el Tribunal de Impugnación otorgue una fecha de audiencia se debatirá el planteo de nulidad absoluta del proceso (por la omisión de la notificación) y la apelación sobre ampliación de formulación de cargos.