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Derechos de los ciudadanos y excesos policiales: Rachid habló de las recomendaciones de la Procuración

El fiscal Federal de San Luis se refirió a la guía que dio a conocer el organismo sobre cómo deben actuar las fuerzas de seguridad. Detenciones masivas, traslados y hasta dónde puede llegar la Policía.

Fiscal Federal, Cristian Rachid.
Actualizada: 06/05/2020 23:49
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Hace unas semanas la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), de la Procuración General de la Nación publicó recomendaciones donde expone facultades y límites que deben seguir los agentes de fuerzas policiales y de seguridad.

A lo largo del protocolo publicado en la página fiscales.gob.ar, el organismo hace hincapié en los derechos que deben tener en cuenta los ciudadanos cuando enfrentan un control en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

En este sentido el titular del ministerio Público Fiscal de San Luis, Cristian Rachid reflexionó sobre el tema en declaraciones a El Chorrillero, y abordó la importancia de la guía. Aclaró que “no implica invalidar la medida sanitaria” que se busca lograr con la cuarentena.

“Lo que sí hay que tener en cuenta es que todo tiene que tener un equilibrio y que hay derechos constitucionales individuales infranqueables, que ni siquiera pueden anularse o desconocerse en una situación tan extrema como el estado de sitio, contexto del que estamos muy lejos”, sostuvo Rachid.

En la provincia sucedieron dos casos puntuales que ponen en duda el accionar policial. Se tratan de las muertes de Florencia Morales y la de un menor, ambas ocurridas en comisarías de San Luis.

El primero sucedió en Santa Rosa y el segundo en Villa Mercedes. En los dos casos la Policía determinó que se trataron de “suicidios”, versión que es cuestionada por los familiares de las víctimas.

Si bien el fiscal se abstuvo de opinar e intervenir sobre los hechos dados porque pertenecen al fueron provincial y no al federal, sí manifestó “con extrema prudencia” que “es alarmante”.

Sobre el caso, la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (APDH), Regional San Luis advirtió al Gobierno sobre “la gravedad de los hechos que se viven en San Luis”.

El mismo organismo pidió en reiteradas ocasiones una audiencia con el jefe de la Policía, Darío Neira, pero nunca recibieron una respuesta.

Al respecto, Rachid dijo que “es un llamado de atención que no se puede desatender por parte de los funcionarios en general” y que “no se puede mirar a otro lado”.

“Cuando hay un organismo de semejante calibre y de una trayectoria indiscutible hace esto y está pidiendo información a las autoridades, sean nacionales o provinciales, es una alarma que no se puede desatender”, agregó.

El documento de Procuvin explica distintos puntos centrales para la vida cotidiana en tiempos de pandemia. Marca una serie de ítems que las fuerzas no pueden hacer para controlar a la gente:

-No pueden “apartarse de los principios fijados en los protocolos de actuación que regulan el uso racional de la fuerza, esto es: legalidad, necesidad, proporcionalidad y progresividad”.

-Tampoco “realizar tareas de dispersión masiva a bordo de motocicletas o vehículos, de grupos de personas que se encuentren en la vía pública”.

-Explica que “el abordaje debe ser personal” con la única excepción de contener tumultos con la orden específica del jefe de la fuerza.

-No pueden “proceder a la detención de manera compulsiva sin antes recabar los motivos por los que la persona se encuentra fuera de su domicilio”.

-Está prohibido “realizar detenciones sin informar inmediatamente a la autoridad judicial interviniente, ni realizar traslados a comisarías o dependencias de las fuerzas de seguridad sin la intervención del juez o el fiscal”.

-A la hora de un control no pueden “impedir el registro fílmico de la intervención policial en un caso concreto por parte de una tercera persona” y tampoco “retener y secuestrar documentación personal (DNI u otros) de las personas infractoras que sean detectadas en el marco de un control”.

Rachid les da una particular relevancia a las detenciones: “La situación excepcional que vivimos no implica el aumento de facultades de aprehensión, obviamente fuera de los casos donde haya un delito grave. No se puede de manera alguna aceptar o convalidar los excesos de la Policía”.

Además, indicó que hay que tener en cuenta las diversas disposiciones y certificados que se dan a lo largo de las jurisdicciones como la nacional, provincial y municipal que “van mutando con el pasar de los días y el estado epidemiológico”.

“Salvo que haya una situación de elusión o una resistencia activa del control policial, lo correcto sería sencillamente acompañar a la persona a su casa, caso contrario debería ser una demora o una detención siempre mediada por previa orden y consulta judicial”, señaló.

Por otro lado, dijo que en los casos donde se detiene a personas de manera masiva y luego son trasladadas a una dependencia, se corre en un “contrasentido”.

“Es una paradoja, justamente va en contramano de la idea de preservar la salud pública, porque si juntamos a cientos de personas en centros de detención por más que sean por horas, estamos fomentando el hacinamiento y no el distanciamiento que se tiene que tener para evitar la propagación de la pandemia”, enfatizó.

Otra de las partes de la guía, pone su atención en los derechos de las personas a la hora del control y cómo debe actuar:

-Dice que el agente debe estar identificado y que debe explicar qué función está cumpliendo. Luego de esto, el vecino debe contar la razón de por qué está fuera de su domicilio. Si debe ir a comprar comida, medicamentos o pertenece a los grupos exceptuados.

-También tiene derecho a que el efectivo lo acompañe hasta su domicilio y a recibir la información de qué juzgado, fiscalía y defensoría intervienen si se le inicia una causa penal.

-En el caso de que quede detenido tiene que saber “la razón concreta de la privación de libertad; el derecho a realizar una llamada telefónica a fin de informar del hecho de la detención y el lugar en el que se encuentra”.

-En la misma línea tiene el derecho a “designar abogado o abogada de confianza o un representante de la defensa pública y a solicitar su presencia inmediata para asistencia en las diligencias policiales o judiciales que correspondieren; el derecho que le asiste a que se realice un reconocimiento médico que verifique su estado psicofísico y, en caso de ser necesario, a recibir en forma inmediata asistencia médica”.

Por último, Procuvid informó que cualquier persona que viva un abuso policial puede denunciar ante el juez o el fiscal en turno o ante las autoridades del ministerio de Seguridad de la Nación y de cada provincia. También pueden hacerlo al 011-6089-9058/9059 o al correo electrónico procuvin@mpf.gov.ar.

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