Un día especial: vuelve el recuentro familiar en Mendoza
Después de dos meses, desde hoy el Gobierno permite las reuniones familiares.
Hoy es un día especial. Un día de reencuentros. Miles de mendocinos que desde hace dos meses están separados podrán reencontrarse. Es que comienza a regir la nueva reglamentación de la cuarentena que permite las reuniones familiares de hasta 10 personas.
La reunión familiar tiene como límite las 10 personas y permite que se unan parientes unidos por consanguinidad, afinidad o adopción, "hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral". Es decir padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros, yernos y nueras, padrastros, hijastros, cuñados y hermanastros, también parejas no casadas.
En el fondo de la ley hay un intangible: el sentido común. El eje para tener en cuenta las relaciones será el anfitrión o anfitriona de la reunión, informó MDZ.
La otra restricción tiene que ver con la movilidad. No está permitido que las personas usen el transporte público para moverse de un lugar a otro y se usa el concepto de "cercanía". Es decir las reuniones tienen que ser entre parientes que vivan cerca. "Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma, están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1°, como por su situación geográfica", aclara el Decreto.
El otro tema que genera dudas es el límite de edad porque se recomienda "evitar traslados" de personas mayores de 60 años, pero no está estrictamente prohibido.
El protocolo completo
Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma, están limitadas a grupos familiares de cercanía, tanto en las condiciones determinadas por el art. 1°, como por su situación geográfica.
Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados.
A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
La presente disposición NO implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos según lo dispuesto por el art. 10°, inc 2 del DNU N° 459/2020.
Para el caso que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/
Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
No podrá haber más de diez (10) personas reunidas en el mismo domicilio.
No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo.
Medidas de higiene recomendadas
Disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio.
Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
No compartir utensilios o vajilla.
Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas.
Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante.
Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
Evitar tocarse el rostro con las manos.